3.1 Línea de declaración gráfica / Delimitación gráfica de cultivo
La unidad de trabajo es la línea de declaración gráfica (LDG) o la delimitación gráfica de cultivo en SgaRex (DGC)
Cada LDG/DGC del grid alfanumérico deberá tener creada su correspondiente geometría en el componente gráfico, salvo las excepciones gráficas (concentraciones parcelarias de las que la C.A. no tiene vectorial gráfico, y superficies comunales: pastos, aparcerías y dehesas en común)
Una LDG/DGC sólo puede pertenecer a un recinto SIGPAC.
La edición de una LDG/DGC está restringida a los límites del recinto SIGPAC al que pertenece.
La aplicación no permite solapes entre LDGs de la misma solicitud ni entre DGCs de cultivo de la misma explotación ni entre DGCs de aprovechamientos de la misma explotación